Genera 76 Legislatura, mejores condiciones para el desarrollo profesional de las y los jóvenes michoacanos

Comunicado 0307 / 2026
Morelia, Michoacán, a 16 de abril del 2026.- Con el firme compromiso de Legislar en pro de las y los michoacanos, la Septuagésima Sexta Legislatura, aprobó adicionar dos artículos, el 23 Bis y el 26 Bis a la Ley de Profesiones del Estado de Michoacán de Ocampo, con lo cual se busca impulsar, fortalecer y facilitar el desarrollo profesional de las y los jóvenes de la entidad.
En lo que se refiere al artículo 23 Bis, establece que a las y los estudiantes que se desempeñan como servidores públicos se les reconocerá tanto el ejercicio de sus funciones como la prestación del servicio social, con la cual se evitará la imposición de una doble carga que implique cumplir simultáneamente con ambas obligaciones para efectos de su liberación.
A la letra, dicho artículo específica que “las y los estudiantes de las instituciones de educación superior del Estado que se desempeñen dentro de la función pública, podrán liberar el servicio social estudiantil exigido para su titulación, como parte del trabajo que desempeñan”.
En tanto a lo referente al artículo 26 Bis, se señala el reconocimiento del servicio social como experiencia laboral para efectos de empleabilidad, con el propósito de facilitar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el ámbito laboral.
En ese sentido, el artículo 26 Bis, especifica que “el servicio social realizado por estudiantes de nivel medio superior y superior, conforme a la normatividad vigente y debidamente acreditado por la institución receptora, será reconocido como experiencia laboral para efectos de empleabilidad, programas de primer empleo, prácticas profesionales y demás políticas públicas en materia de trabajo y juventud”.
